En esta vía se ha habilitado un carril adicional circunstancial, ¿a qué velocidad, como mínimo, deberán circular por dicho carril?

En una vía donde se ha habilitado un carril adicional circunstancial como en este caso, todos los vehículos que utilicen este carril deberán circular a una velocidad mínima de 60 km/h, a menos que esté señalizada una velocidad inferior.

Además, es importante seguir otras reglas de circulación en estos carriles: circular con las marcas longitudinales entre las ruedas, mantener encendida al menos la luz de corto alcance o cruce tanto de día como de noche, y no atravesar ni alterar la línea que forman los elementos de balizamiento como conos o balizas.

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