En este tramo de vía de visibilidad reducida, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?
En las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad como la de la imagen y en las intersecciones salvo cuando se trate de una glorieta o plaza giratoria, estará totalmente prohibido cambiar de sentido o adelantar a otros vehículo. Solamente estarán permitidas estas maniobras cuando no se invada el carril destinado a la circulación en sentido contrario para llevarlas a cabo y se tenga visibilidad suficiente.
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¿Está prohibido circular marcha atrás?
-Sí, salvo que no pueda marchar hacia delante o cambiar de dirección o sentido. (media)
En una vía cortada no se puede cambiar de sentido, ¿está permitido salir marcha atrás?
-Sí, pero circulando marcha atrás el recorrido mínimo indispensable. (media)
¿Qué es obligatorio cuando tenga que realizar la maniobra de marcha atrás?
-Hacerlo lentamente, señalizar la maniobra y asegurarse, incluso llegando a bajar del vehículo, de que no supone peligro. (media)
Como norma general, ¿está permitido realizar la maniobra de marcha atrás?
-No, solo excepcionalmente. (media)
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