En los túneles con un carril para cada sentido, ¿está prohibido realizar un adelantamiento?

El artículo 87 del Reglamento de Circulación nos indica que estará prohibido realizar un adelantamiento en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal "Túnel" en los que sólo se disponga de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar.

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¿En cuál de estos lugares está prohibido adelantar? -Curva de reducida visibilidad con los sentidos de circulación mal delimitados. (media)
Si se puede llevar a cabo la maniobra sin riesgo, ¿está permitido adelantar a los ciclistas de la imagen? -Sí, incluso si tiene que ocupar el carril reservado al sentido contrario. (media)

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