En los túneles con un carril para cada sentido, ¿está prohibido realizar un adelantamiento?

Explicación

El artículo 87 del Reglamento de Circulación nos indica que estará prohibido realizar un adelantamiento en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal "Túnel" en los que sólo se disponga de un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar.

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