En poblado, ¿cuál es la velocidad máxima permitida para un turismo con remolque?

Ver explicación
Según el Reglamento de Circulación la velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en general en vías urbanas y travesías se establece, con carácter general, en 50 kilómetros por hora, excepto para aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a 40 kilómetros por hora.
677 64 10 04