¿En qué caso el estacionamiento perturba gravemente la circulación?

El Reglamento de Circulación establece que el estacionamiento de nuestro vehículo nunca se deberá ejecutar en lugares peligrosos, en los que constituyen un riesgo u obstaculizan y perturben gravemente la circulación. Así pues no se podrá estacionar en medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico para así no obstaculizar el tráfico de la vía.

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