¿En qué caso el estacionamiento perturba gravemente la circulación?

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El Reglamento de Circulación establece que el estacionamiento de nuestro vehículo nunca se deberá ejecutar en lugares peligrosos, en los que constituyen un riesgo u obstaculizan y perturben gravemente la circulación. Así pues no se podrá estacionar en medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico para así no obstaculizar el tráfico de la vía.

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