En un cambio de rasante, ¿está prohibido parar y estacionar?

1. En un cambio de rasante, ¿está prohibido parar y estacionar?

Ver explicación
El Reglamento de Circulación establece que estará prohibido parar o estacionar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario. Así pues por lo general NO estará prohibido, pero en los de visibilidad reducida SÍ.

Comparte esta pregunta:

Otros exámenes de conducción relacionados

¿Qué se puede hacer además de poner calzos en los vehículos pesados estacionados en pendiente? -Apoyar una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera (media)
Esta señal prohíbe estacionar... -En toda la localidad. (media)
¿En cuánto tiempo se puede realizar la maniobra de parada? -No puede exceder de un tiempo determinado (media)

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen
677 64 10 04