En un carril reservado para uso exclusivo de transporte público urbano fuera de horario de servicio, ¿se puede estacionar?

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El artículo 94 del Reglamento de circulación establece que estará totalmente prohibido estacionar nuestro vehículo en aquellos carriles destinados al uso exclusivo de vehículos de transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas, aún cuando nos encontremos fuera del horario de servicio.

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