En un carril reservado para uso exclusivo de transporte público urbano fuera de horario de servicio, ¿se puede estacionar?

El artículo 94 del Reglamento de circulación establece que estará totalmente prohibido estacionar nuestro vehículo en aquellos carriles destinados al uso exclusivo de vehículos de transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas, aún cuando nos encontremos fuera del horario de servicio.

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