En un paso inferior, ¿Puede realizar una parada o estacionamiento?

El Reglamento de Circulación establece que estará totalmente prohibido realizar una parada en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal “Túnel”. También nos indica que el estacionamiento está prohibido en todos los lugares en los que está prohibida la parada por lo que no podremos parar ni estacionar en dicho paso inferior.
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