En una calzada con arcén transitable y suficiente, ¿por dónde circulará un vehículo de acompañamiento de ciclistas?

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Un vehículo de acompañamiento de ciclistas debe circular por el arcén si este es transitable y suficiente.

Según la normativas de tráfico, cuando no existe una vía o parte de ella específicamente destinada a ciertos vehículos, estos deben utilizar el arcén de la derecha si es adecuado para la circulación.

Esto incluye a ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos especiales con una masa máxima autorizada (MMA) hasta 3.500 kg, vehículos para personas de movilidad reducida, y vehículos en seguimiento de ciclistas.

Si el arcén no es transitable o suficiente, estos vehículos pueden utilizar la parte necesaria de la calzada.
Sin embargo, es importante que lo hagan de manera segura, sin obstruir el tráfico ni poner en riesgo a otros usuarios de la vía.

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En las vías de tres calzadas, como norma general, se deben utilizar las de los laterales: -En un único sentido, sin perjuicio de que las autoridades puedan establecer otro sentido, que será señalizado oportunamente. (media)

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