En una calzada con arcén transitable y suficiente, ¿por dónde circulará un vehículo de acompañamiento de ciclistas?
Un vehículo de acompañamiento de ciclistas debe circular por el arcén si este es transitable y suficiente.
Según la normativas de tráfico, cuando no existe una vía o parte de ella específicamente destinada a ciertos vehículos, estos deben utilizar el arcén de la derecha si es adecuado para la circulación.
Esto incluye a ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos especiales con una masa máxima autorizada (MMA) hasta 3.500 kg, vehículos para personas de movilidad reducida, y vehículos en seguimiento de ciclistas.
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