En una carretera convencional, ¿A qué velocidad puede adelantar un turismo a un vehículo que circula a 90 km/h?

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En una carretera convencional, un turismo no puede superar la velocidad máxima de 90 km/h, ni siquiera para adelantar.

  • El margen antiguo de 20 km/h para adelantar ya no está vigente.
  • Si el vehículo que circula delante ya va a 90 km/h, está circulando a la velocidad máxima permitida.
  • Para adelantar sería necesario aumentar la velocidad, pero hacerlo supondría rebasar el límite legal.

Por eso, en esta pregunta DGT sobre adelantamiento en carretera convencional, el turismo no puede adelantar, porque el vehículo de delante ya circula a la velocidad máxima de la vía.

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