En una vía interurbana de doble sentido de circulación, ¿está permitido realizar una parada o estacionamiento en el lado izquierdo?

1. En una vía interurbana de doble sentido de circulación, ¿está permitido realizar una parada o estacionamiento en el lado izquierdo?

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En una vía interurbana de doble sentido de circulación como la de imagen, no estará permitido realizar una parada o estacionamiento en el lado izquierdo en ningún caso.

Solo estará permitido parar o estacionar fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén cuando sea necesario.

En este tipo de vías, la parada o el estacionamiento solo se pueden realizar en el lado derecho, independientemente de los sentidos de circulación.

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Como norma general, en una vía interurbana la parada y el estacionamiento se realizarán... -siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. (media)

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