En una vía interurbana de doble sentido de circulación, ¿está permitido realizar una parada o estacionar en el lado izquierdo?
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En una vía interurbana, ya sea de doble sentido o de sentido único, se puede parar y estacionar solamente en el lado derecho, totalmente fuera de la calzada y del arcén.
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Cuando no se puede posicionar el vehículo paralelo al borde de la calzada, ¿se podría permitir la parada o el estacionamiento dejando el vehículo en otra posición?
-Sí, cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen. (media)
¿Por qué lado es recomendable que los usuarios salgan o entren del vehículo una vez esté inmovilizado como norma general?
-Por el lado derecho. (media)
¿Debe dejar accionado el freno de estacionamiento cuando un conductor realice una parada?
-Sí, en gran parte de paradas lo debe accionar (media)
¿Cómo se deberá observar el tráfico en caso de querer realizar una parada o estacionamiento?
-Observando al frente, los lados y por detrás. (media)
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