En vías urbanas, ¿cuál es la velocidad máxima permitida para motocicletas?
El Reglamento de Circulación nos indica que en vías urbanas y travesías se establecerá con carácter general una limitación de velocidad máxima de 50 km/hora para todos los vehículos que por ella circulen. Es por ello que también las motocicletas deberán obedecer a esta norma y no circular superando dicha velocidad.
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¿Cuándo se circula a velocidad anormalmente reducida?
-Cuando se circula a velocidad inferior a la mínima permitida. (media)
En una autopista, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?
-120 km/h. (media)
Si un conductor circula a velocidad inadecuada, ¿lo hace siempre por encima de la velocidad máxima permitida o por debajo de la velocidad mínima establecida?
-No, la velocidad puede ser inadecuada aunque esté dentro de los límites establecidos. (media)
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