Entre la dotación obligatoria que debe llevar un turismo, ¿se encuentra un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso?
Los turismos de uso particular no están obligados a llevar un equipo homologado de extinción de incendios como parte de su dotación obligatoria.
Esta medida aplica principalmente a autobuses, vehículos mixtos, automóviles destinados al transporte de mercancías, y conjuntos de vehículos no especiales, siempre y cuando cumplan con ciertas especificaciones de masa máxima autorizada (MMA).
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