Entre la dotación obligatoria que debe llevar un turismo, ¿se encuentra un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso?
Los turismos de uso particular no están obligados a llevar un equipo homologado de extinción de incendios como parte de su dotación obligatoria.
Esta obligación aplica únicamente a autobuses, vehículos destinados al transporte de mercancías o conjuntos especiales de vehículos según su MMA. Todos estos vehículos deben portar elementos de seguridad como baliza V-16 homologada y chaleco reflectante, además del extintor cuando corresponda.
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