Es obligatorio encender las luces de carretera al circular a más de 40 kilómetros por hora en una vía…

1. Es obligatorio encender las luces de carretera al circular a más de 40 kilómetros por hora en una vía…

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Todos aquellos vehículos que estén equipados con el alumbrado de largo alcance y circulen a más de 40 kilómetros por hora por vías interurbanas insuficientemente iluminadas entre el ocaso y la salida del sol (horas nocturnas) deberán encender de forma obligatoria dichas luces de carretera o de largo alcance.

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Si circula de noche por una carretera insuficientemente iluminada a más de 40 km/h, debe llevar encendido… -El alumbrado de largo alcance, siempre que no deslumbre al resto de usuarios. (media)
Cuando circule con su turismo por una vía interurbana insuficientemente iluminada, ¿qué alumbrado utilizará? -El de posición y largo alcance a carretera, salvo que deslumbre a los otros usuarios de la vía. (media)
¿Para qué sirve la luz de alumbrado interior? -Para iluminar el habitáculo del vehículo (media)
Entre la puesta y la salida del sol, ¿puede encender el alumbrado de largo alcance en caso de niebla? -Sí, procurando no deslumbrar a otros usuarios de la vía. (media)

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