¿Está permitida la circulación de cabezas de ganado, aisladas o en rebaño, por una carretera convencional?
La circulación de cabezas de ganado, ya sea aisladas o en rebaño, por una carretera convencional está permitida únicamente cuando no exista una vía pecuaria practicable.
Esto se debe a que las vías pecuarias están especialmente diseñadas para el tránsito de animales y garantizan una mayor seguridad tanto para los conductores como para los animales.
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