¿Está permitido estacionar en la parte transitable del arcén de una vía interurbana?

Explicación

Cuando circulemos por vías fuera de poblado o interurbanas, la parada o el estacionamiento deberán realizarse siempre fuera de la calzada, en su lado derecho y sin ocupar la parte transitable del arcén. En vías urbanas y travesías en cambio cuando debamos parar o estacionar en el arcén colocaremos el vehículo lo más cerca de su lado derecho si la vía es de dos sentidos o lo más cerca de su lado izquierdo o derecho indistintamente si la vía es de un único sentido.

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen