¿Está permitido estacionar en la parte transitable del arcén de una vía interurbana?

Explicación

Cuando circulemos por vías fuera de poblado o interurbanas, la parada o el estacionamiento deberán realizarse siempre fuera de la calzada, en su lado derecho y sin ocupar la parte transitable del arcén. En vías urbanas y travesías en cambio cuando debamos parar o estacionar en el arcén colocaremos el vehículo lo más cerca de su lado derecho si la vía es de dos sentidos o lo más cerca de su lado izquierdo o derecho indistintamente si la vía es de un único sentido.

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En una vía interurbana, ¿dónde está permitido realizar una parada que no esté motivada por razones de emergencia? -En el lado derecho, fuera de la calzada y de la parte transitable de la acera. (media)
Si estaciona un vehículo con remolque en una pendiente ascendente, y no dispone de calzos, ¿qué debe hacer? -Apoyar una de las ruedas delanteras en el bordillo, orientada hacia el centro de la calzada. (media)
¿Qué debe hacer cuando su vehículo queda detenido durante más de dos minutos en un túnel? -Apagar el motor y dejar puestas las luces de posición. (difícil)

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