¿Está permitido que los vehículos prioritarios en servicio de urgencia utilicen únicamente la señal luminosa?

Los vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente, deberán advertir su presencia utilizando a la vez la señal luminosa y el aparato emisor de señales acústicas especiales.

Excepcionalmente, podrán utilizar únicamente la señal luminosa cuando la omisión de las señales acústicas especiales no suponga un peligro para los demás usuarios.

Otros exámenes de conducción relacionados

Si debido a una avería, un vehículo queda inmovilizado en el interior de un túnel, su conductor, siempre que sea posible deberá... -dirigir el vehículo a la zona de emergencia más próxima al sentido de su marcha. (media)
¿Por qué deberemos acelerar suave y progresivamente durante el desarrollo de una curva? -Para que las ruedas se adhieran mejor a la calzada. (media)

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen
677 64 10 04