Está prohibido circular marcha atrás...
Según la normativa vial actual, está prohibido circular marcha atrás en los siguientes tipos de vías:
- Autovías y autopistas: Dadas sus características de alta velocidad y tráfico fluido, la marcha atrás en estas vías supone un riesgo elevado de accidentes.
- Túneles: Por razones de seguridad y fluidez del tráfico, no se permite la marcha atrás en túneles.
- Pasos inferiores y cualquier tramo de vía donde esté explícitamente prohibido: Cualquier tramo de carretera donde existan señales que prohíban la marcha atrás.
- Intersecciones y sus proximidades: Para no interferir con el flujo normal del tráfico y evitar situaciones de riesgo.
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¿Qué es obligatorio cuando tenga que realizar la maniobra de marcha atrás?
-Hacerlo lentamente, señalizar la maniobra y asegurarse, incluso llegando a bajar del vehículo, de que no supone peligro. (media)
En esta autopista, ¿está permitido realizar un cambio de sentido?
-No, excepto en los lugares autorizados y señalizados. (media)
Si la vía cuenta con una glorieta o similar, ¿deberemos utilizarla para realizar un giro?
-Sí, incluso cuando no haya una señal que lo indique. (media)
En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, está prohibido…
-Adelantar y cambiar de sentido. (media)
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