Está prohibido el adelantamiento en las intersecciones y sus proximidades, salvo...

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En general, está prohibido adelantar en las intersecciones y en sus proximidades.

Sin embargo, esta prohibición tiene excepciones.

El adelantamiento está permitido en intersecciones y sus cercanías en los siguientes casos:

  • Cuando la calzada goce de prioridad y esté debidamente señalizada como tal.

Esto significa que si una carretera o vía tiene la prioridad y está claramente señalizada como tal, se permite adelantar en esa zona.

Por ejemplo, si hay señales que indican que la carretera principal tiene prioridad sobre las vías secundarias en una intersección, se puede adelantar en esa intersección si se cumplen las condiciones de seguridad.

Es importante tener en cuenta que estas excepciones no anulan las reglas generales de seguridad vial, y se debe realizar cualquier adelantamiento con precaución y siguiendo las normas de tráfico aplicables.

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