La celebración de marchas ciclistas organizadas, ¿requieren autorización previa?
1. La celebración de marchas ciclistas organizadas, ¿requieren autorización previa?
La celebración de marchas ciclistas organizadas requiere una autorización previa siempre que el número de participantes sea superior a 50.
Esto se debe a que una actividad con una gran cantidad de ciclistas puede afectar significativamente el flujo normal del tráfico y la seguridad en las vías públicas.
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