Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

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El artículo 29 del Reglamento de Circulación nos dice que los ciclistas tendrán prioridad de paso respecto a los vehículos de motor cuando circulen en grupo y el primero ya haya entrado en un cruce o una glorieta.

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¿Pueden los conductores realizar un adelantamiento en los pasos para peatones señalizados y sus proximidades? -Sólo cuando se realice a velocidad suficiente para poder frenar en caso de peligro de atropello (media)
¿Cuál es la velocidad máxima a la que podrá circular una bicicleta fuera de poblado? -45 km/hora, excepto en aquellos tramos de vía en que sea posible desarrollar una velocidad superior (media)
¿Cuál de los siguientes problemas suele afectar a las personas mayores como peatones? -Pueden no distinguir bien los colores de los semáforos en las vías más anchas. (media)
Los vehículos deben ceder el paso a los peatones cuando... -vayan a subir o bajar de un autobús y se encuentren entre el autobús y la zona peatonal más próxima. (media)

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