Los distribuidores de mercancías, ¿están exentos de utilizar el cinturón de seguridad?

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Los distribuidores de mercancías, que en el ejercicio de su profesión,realicen frecuentes y sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros, estarán exentos de utilizar el cinturón de seguridad siempre que dichas operaciones se realicen en vías dentro de poblado. En vías interurbanas estarán obligados en todos los casos a circular con el cinturón de seguridad abrochado.

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