Los resaltos en los pasos para peatones, ¿se consideran obstáculos en la calzada?

El Reglamento de Circulación no considerará a los resaltos en los pasos para peatones y bandas transversales como obstáculos de la calzada, siempre que estos cumplan la regulación básica establecida al efecto por el Ministerio de Fomento y se garantice la seguridad vial de los usuarios de la vía y, en particular, de los ciclistas.

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