No pueden circular por autopista...

Los ciclomotores tendrán prohibido circular por las autopistas a diferencia de las motocicletas y los camiones de más de 3.500 kg de M.M.A.

Esta prohibición se debe a que los ciclomotores no pueden alcanzar la velocidad mínima requerida para circular de manera segura en estas vías rápidas, donde el tráfico fluye a altas velocidades.

La normativa permite la circulación en autopistas solo a automóviles capaces de alcanzar en recto una velocidad de 60 km/h o más, así como a vehículos especiales que cumplan ciertos requisitos.

Además de los ciclomotores, también se prohíbe la circulación en autopistas a otros vehículos como ciclos, vehículos de tracción animal, vehículos de movilidad personal (VMP), peatones y animales.

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En vías interurbanas con tres o más carriles para el mismo sentido de la marcha, un conjunto de vehículo de más de 7 metros, ¿podrá utilizar el carril inmediato al derecho? -Sí, si las circunstancias del tráfico y la vía lo aconsejan y no entorpece la marcha de otro vehículo que lo siga. (media)
Si por accidente u otra emergencia un vehículo tiene que ser inmovilizado en una autovía o autopista... -ninguno de los ocupantes del vehículo puede transitar por la calzada. (fácil)
Un conjunto de turismo con remolque ligero, que mide menos de 7 metros, ¿por dónde debe circular? -Por el carril de la derecha, aunque puede circular por cualquiera de los tres. (media)

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