Para reincorporarnos a la circulación, ¿está permitido circular más de quince metros hacia atrás?

1. Para reincorporarnos a la circulación, ¿está permitido circular más de quince metros hacia atrás?

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Cuando tengamos la intención de reincorporarnos a la circulación, por ejemplo a la hora de salir de un estacionamiento, la normativa vial indica que no podremos superar los 15 metros de recorrido circulando marcha atrás.

Además esta reincorporación debe advertirse con las luces y señales que sean necesarias en cada caso, llevar a cabo la maniobra de forma lenta y progresiva y siempre sin poner en peligro al resto de usuarios de la vía.

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