¿Podrán los ciclomotores arrastrar un remolque o semirremolque?

Los ciclomotores y los ciclos y bicicletas, podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no supere el 50 por ciento de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones: a) Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuyan la visibilidad. b) Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 por ciento respecto a las velocidades genéricas que se establecen para estos vehículos. c) Que en ningún caso transporten personas en el vehículo remolcado.
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