Por una autovía, ¿puede circular un ciclomotor?

Explicación

Los ciclomotores no podrán circular por las autovías en ningún caso.

La normativa de tráfico establece que en las autovías sólo se permite la circulación de aquellos vehículos que pueden alcanzar una velocidad mínima en llano de 60 km/h.

Los ciclomotores, por sus características técnicas y limitaciones de velocidad, no cumplen con este requisito.

Además de los ciclomotores, también se prohíbe en las autovías la circulación de ciclos, vehículos para personas de movilidad reducida, peatones, animales, vehículos de tracción animal y vehículos de movilidad personal (VMP).
En cuanto a los ciclistas, sólo aquellos mayores de 14 años pueden circular por los arcenes de las autovías, y solo cuando no exista una señal de prohibición específica en la entrada.

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