¿Puede el conductor de un vehículo de movilidad personal, circular por las aceras?

1. ¿Puede el conductor de un vehículo de movilidad personal, circular por las aceras?

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Los vehículos de movilidad personal, solo podrán circular por la calzada de vías urbanas, teniendo prohibido hacerlo por las aceras o zonas peatonales, en ningún caso por vías interurbanas, autopistas, autovías o túneles urbanos.

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