¿Qué separación mínima mantendrán los vehículos especiales con los vehículos que les precedan?

La norma establece que todo vehículo que circule detrás de otro debe hacerlo a una distancia mínima de 50 metros, siempre que no se pretenda adelantar. Excepto:

  • En poblado.
  • Donde esté prohibido el adelantamiento.
  • Donde haya más de un carril destinado a la circulación en su mismo sentido.
  • Cuando la circulación esté tan saturada que no permita el adelantamiento.

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