¿Qué tipo de vehículos especiales están exceptuados de llevar luces indicadoras de dirección de forma obligatoria?
Las luces indicadoras de dirección serán obligatorias para todos los vehículos especiales de motor excepto aquellos en que se pueda indicar la maniobra de cambio de dirección con el brazo aunque sean remolques y semirremolques.
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-Sí, están sometidos a algunas limitaciones (media)
¿Por dónde circularán como norma general los vehículos especiales en poblado?
-Por la derecha (media)
¿Podrán utilizar los vehículos especiales luces de trabajo?
-Sí, pero únicamente cuando estén trabajando (media)
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