¿Qué tipo de vehículos podrán rebasar la velocidad máxima genérica en una carretera convencional al adelantar?

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En una carretera convencional, ningún vehículo puede rebasar la velocidad máxima genérica para adelantar.

  • Antes existía una excepción que permitía a turismos y motocicletas superar en 20 km/h el límite genérico al adelantar.
  • Esa posibilidad fue suprimida por la reforma de la Ley de Tráfico.
  • Actualmente, ni turismos, ni motocicletas, ni camiones pueden superar la velocidad máxima para realizar un adelantamiento.

Por eso, en una pregunta DGT sobre adelantamiento en carretera convencional, la opción correcta es ninguno: todos los vehículos deben respetar el límite máximo de velocidad.

La Ley 18/2021 suprimió la posibilidad de rebasar en 20 km/h los límites genéricos en carreteras convencionales al adelantar.

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