¿Qué vehículos deben llevar encendidas las luces de gálibo cuando sea obligatorio su uso?

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Los vehículos que deben llevar encendidas las luces de gálibo cuando sea obligatorio su uso son aquellos cuya anchura supere los 2,10 metros.

Estas luces tienen como finalidad indicar la anchura total del vehículo y complementar las luces de posición para señalar su volumen de manera clara a otros usuarios de la vía.

Las luces de gálibo están compuestas por dos luces blancas ubicadas en la parte delantera y dos luces rojas en la parte posterior del vehículo.

Esto permite que tanto los conductores que vienen de frente como los que se encuentran detrás puedan identificar fácilmente el tamaño del vehículo y tomar las precauciones necesarias.

Debemos recordar que, para los vehículos con una anchura comprendida entre 1,80 y 2,10 metros, el uso de las luces de gálibo es opcional.
Sin embargo, para aquellos que exceden los 2,10 metros de ancho, su uso es obligatorio.

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