¿Qué velocidad no deben superar los tractores agrícolas para utilizar sus señales luminosas?

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Los vehículos especiales agrícolas como los tractores, durante la circulación por vías de uso público, deberán utilizar la señal luminosa V-2, tanto de día como de noche, siempre que circulen a una velocidad que no supere los 40 Km./h.

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El vehículo de la fotografía tiene encendida únicamente la señalización luminosa, ¿tiene prioridad de paso? -Sí, siempre que la omisión de la señal acústica no entrañe peligro alguno para los demás usuarios. (media)

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