Respecto a la velocidad anormalmente reducida, ¿a qué velocidad mínima, salvo causa justificada, deberá circular una autocaravana de 3.000 kg de MMA por una autopista?
1. Respecto a la velocidad anormalmente reducida, ¿a qué velocidad mínima, salvo causa justificada, deberá circular una autocaravana de 3.000 kg de MMA por una autopista?
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Si conducimos una autocaravana de 3.000 kg de MMA por una autopista, debemos mantener una velocidad mínima de 60 km/h, salvo que haya una causa justificada que nos obligue a ir más despacio.
Es importante que adaptemos nuestra velocidad a las condiciones del tráfico y a las características de la vía, pero siempre respetando los límites mínimos establecidos.
Circular a menos de 60 km/h en una autopista, sin una razón justificada, puede resultar peligroso tanto para nosotros como para otros conductores, ya que podría provocar maniobras bruscas o accidentes.
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