¿Se considera adelantamiento el rebasamiento de vehículos inmovilizados?
1. ¿Se considera adelantamiento el rebasamiento de vehículos inmovilizados?
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El rebasamiento de vehículo que se encuentran inmovilizados o estacionados en la vía, incluso cuando son de dos ruedas, no se considerará nunca adelantamiento, ya que para ello se requiere que el vehículo rebasado esté en movimiento.
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