¿Se pueden utilizar además de calzos, piedras u elementos naturales al estacionar un vehículo pesado en pendiente?

Todos aquellos vehículos con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos deberán ser calzados con calzos adecuados, cuando paren o estacionen en un tramo de la vía con una inclinación o pendiente considerable.

Los calzos una vez hayan sido utilizados deberán ser retirados de la vía.

Estará totalmente prohibido añadir a los calzos piedras o elementos similares o sustituirlos por estos.

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