Si circula por un carril destinado al sentido normal de la circulación, contiguo a otro habilitado para circular en sentido contrario, ¿debe llevar encendido el alumbrado de su vehículo?
Si se circula por un carril destinado al sentido normal de la circulación que está contiguo a otro habilitado para circular en sentido contrario, se debe llevar encendido, como mínimo, el alumbrado de corto alcance o de cruce.
Esta medida es importante para garantizar la visibilidad del vehículo y aumentar la seguridad vial, especialmente en situaciones donde los carriles se encuentran cercanos y con direcciones opuestas, lo que puede aumentar el riesgo de colisiones si los vehículos no son claramente visibles.
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