Si no puede circular hacia delante ni cambiar de dirección o sentido de la marcha ¿Qué recorrido le está permitido circular marcha atrás?

Explicación

Si no podemos seguir circulando hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de la marcha como nos indica la pregunta, podemos circular marcha atrás el recorrido mínimo indispensable que nos sea necesario.

Una situación diferente es cuando utilizamos la marcha atrás para parar, estacionar o incorporarnos a la circulación; en estos casos podremos recorrer como máximo 15 metros y no podemos invadir un cruce de vías.

Otros test de conducir relacionados

Para incorporarse a la circulación, ¿se puede dar marcha atrás? -Sí, es una de las maniobras en las que está permitido. (fácil)
En una vía cortada no se puede cambiar de sentido, ¿está permitido salir marcha atrás? -Sí, pero circulando marcha atrás el recorrido mínimo indispensable. (media)
¿Qué debemos comprobar en la calzada al realizar la maniobra de marcha atrás? -Que no existe ningún vehículo u obstáculo que la impida (difícil)

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen
677 64 10 04