Si se incorpora a la circulación desde un camino privado, ¿qué debe hacer?

Siempre que el conductor de un vehículo se incorpore a la circulación por un camino exclusivamente privado, deberá asegurarse previamente de que puede realizar la incorporación sin peligro para nadie y efectuar la maniobra a una velocidad que le permita detenerse si fuera necesario, cediendo el paso a los vehículos que circulen por la vía principal, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.
677 64 10 04