Si se incorpora a la circulación desde un camino privado, ¿qué debe hacer?

Siempre que el conductor de un vehículo se incorpore a la circulación por un camino exclusivamente privado, deberá asegurarse previamente de que puede realizar la incorporación sin peligro para nadie y efectuar la maniobra a una velocidad que le permita detenerse si fuera necesario, cediendo el paso a los vehículos que circulen por la vía principal, cualquiera que sea el sentido en que lo hagan.

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Si se incorpora a la circulación desde un camino privado, ¿qué debe hacer? -Asegurarse de que puede realizar la incorporación sin peligro y ceder el paso a los demás vehículos. (media)

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