Un turismo de uso privado con once años de antigüedad debe someterse a la inspección técnica periódica...
Los vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor, como pueden ser los turismos particulares, estarán obligados a pasar la primera inspección técnica periódica a los cuatro años tras su fecha de primera matriculación. Tras esta, deberán pasarla cada dos años, hasta el año 10, en que la inspección técnica pasará a ser anual debiendo ir a la estación ITV cada año.
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