Un turismo para adelantar, ¿Puede rebasar la velocidad autorizada?
1. Un turismo para adelantar, ¿Puede rebasar la velocidad autorizada?
Un turismo no puede rebasar la velocidad máxima autorizada para adelantar, ni en carreteras convencionales ni en autopistas o autovías.
- La antigua posibilidad de superar en 20 km/h el límite en carreteras convencionales ya no está vigente.
- Durante un adelantamiento, el conductor debe respetar siempre la velocidad máxima de la vía.
- Si para adelantar necesita superar el límite, no debe iniciar la maniobra.
Por eso, en una pregunta DGT sobre velocidad y adelantamiento, la norma actual es clara: un turismo no puede rebasar nunca la velocidad autorizada para adelantar. La Ley 18/2021 suprimió el margen de 20 km/h para turismos y motocicletas en carreteras convencionales.
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