Un turismo para adelantar, ¿Puede rebasar la velocidad autorizada?

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Un turismo no puede rebasar la velocidad máxima autorizada para adelantar, ni en carreteras convencionales ni en autopistas o autovías.

  • La antigua posibilidad de superar en 20 km/h el límite en carreteras convencionales ya no está vigente.
  • Durante un adelantamiento, el conductor debe respetar siempre la velocidad máxima de la vía.
  • Si para adelantar necesita superar el límite, no debe iniciar la maniobra.

Por eso, en una pregunta DGT sobre velocidad y adelantamiento, la norma actual es clara: un turismo no puede rebasar nunca la velocidad autorizada para adelantar. La Ley 18/2021 suprimió el margen de 20 km/h para turismos y motocicletas en carreteras convencionales.

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