Un turismo particular, ¿está obligado a llevar un extintor en su equipamiento?
1. Un turismo particular, ¿está obligado a llevar un extintor en su equipamiento?
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En España, la regulación de los equipos de seguridad obligatorios en los vehículos está detallada en el Reglamento General de Vehículos.
Según este reglamento, los vehículos que están obligados a llevar un equipo homologado de extinción de incendios son los autobuses, los vehículos mixtos, y los automóviles destinados al transporte de mercancías.
Esta obligación aplica específicamente a aquellos automóviles cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) supere los 3.500 kg, así como a los conjuntos de vehículos no especiales.
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