Un vehículo que circule de día por un carril adicional circunstancial, ¿Está obligado a llevar algún tipo de alumbrado?

Explicación

Un vehículo que circula de día por un carril adicional circunstancial está obligado a llevar encendido el alumbrado de corto alcance o cruce.

Esta medida se aplica para mejorar la visibilidad del vehículo en situaciones donde el tráfico es más denso o las condiciones de la vía son más complejas, como ocurre en los carriles adicionales circunstanciales que se habilitan para gestionar mejor el flujo de tráfico.

¿Quieres hacer los test oficiales de la DGT?

Empezar el examen