¿Para qué vehículos es obligatoria la luz de gálibo?

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La luz de gálibo es obligatoria para aquellos vehículos que tengan una anchura superior a 2,10 metros, y deberán llevarla encendida entre el ocaso y la salida del sol, en condiciones meteorológicas adversas o cuando circulen por túneles o pasos inferiores.

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