Un remolque con una MMA de 750 kg se considera un remolque:
El Reglamento de circulación considera que son remolques ligeros aquellos que tienen una masa máxima autorizada (MMA) es igual o inferior a 750 kilogramos y que no necesita de matrícula propia ni permiso de circulación para circular ya que les valdrán las de vehículo tractor que lo arrastra.
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