Como norma general, ¿Puede circular por un carril adicional circunstancial conduciendo un camión de 7.500 kg de M.M.A?

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Como norma general todo tipo de vehículos automóviles podrán circular por un carril adicional abierto por razones de fluidez del tráfico, salvo que exista una prohibición expresa que lo impida.

En estos tramos todos los vehículos deben llevar, como mínimo, el alumbrado de corto alcance encendido y, además, tendrán limitada la velocidad a 80 km/h. de máximo y 60 km/h. de mínimo.

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