¿El seguro obligatorio cubre los daños corporales o materiales producidos al tomador del seguro?
1. ¿El seguro obligatorio cubre los daños corporales o materiales producidos al tomador del seguro?
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El seguro obligatorio no cubre los daños y perjuicios ocasionados en la persona del conductor tomador del seguro y causante del accidente ni los daños sufridos por el vehículo y bienes del mismo. Únicamente cubrirá los daños a las personas y bienes causados por la circulación del contratante del mismo.
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Un transportista, propietario de un vehículo de 32 Tm de MMA y 8 años de antigüedad, pierde toda la documentación de su vehículo, al ser robado en un descanso del viaje, por lo que se ve en la necesidad de solicitar un duplicado de su permiso de circulación. La Inspección técnica periódica la había pasado un mes antes. ¿Es necesario pasar nuevamente la inspección técnica para la obtención del duplicado del permiso de circulación?
-No es necesario pasar una nueva Inspección Técnica. (media)
Como norma general, ¿qué documentos le solicitaran para pasar la I.T.V. de su vehículo?
-Original del permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica, DNI de la persona que presente el vehículo a inspección y último recibo acreditativo de seguro. (media)
En caso de encontrarse defectos que impliquen un peligro para sus ocupantes o los demás usuarios de las vías públicas, se declara:
-Inspección negativa (media)
El seguro de suscripción obligatoria, ¿cubre los daños causados al conductor no culpable de un accidente?
-Sí, los personales y materiales. (media)
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