En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, ¿qué está prohibido, la parada o el estacionamiento?

Quedará totalmente prohibido parar o estacionar en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles. Tampoco estarán permitidas estas maniobras en lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.

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Se permitirá el adelantamiento por la derecha, salvo: -Cuando existan dos carriles para el mismo sentido y no estén delimitados por marcas viales. (fácil)
Cuando la parada o el estacionamiento se efectué en una sensible pendiente ascendente, el conductor deberá: -Apoyar las ruedas directrices en el bordillo e inclinándolas hacia el centro de la calzada (media)

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