En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, ¿qué está prohibido, la parada o el estacionamiento?
Quedará totalmente prohibido parar o estacionar en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles. Tampoco estarán permitidas estas maniobras en lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.
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En todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,5 mt., ocupando parte o la totalidad del carril contiguo a la calzada, al adelantar:
-A peatones fuera de poblado (fácil)
Se permitirá el adelantamiento por la derecha, salvo:
-Cuando existan dos carriles para el mismo sentido y no estén delimitados por marcas viales. (fácil)
¿Qué distancia de seguridad lateral debe dejar al adelantar a un vehículo de 2 ruedas en esta vía?
-1,50 metros como mínimo. (media)
Cuando la parada o el estacionamiento se efectué en una sensible pendiente ascendente, el conductor deberá:
-Apoyar las ruedas directrices en el bordillo e inclinándolas hacia el centro de la calzada (media)
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