¿En qué caso se considera que una parada obstaculiza gravemente la circulación?
Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
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Como norma general, ¿está permitido adelantar en los pasos a nivel o en sus proximidades?
-No. (media)
Si conduce su camión por una calzada con dos carriles para el mismo sentido de circulación, ¿puede adelantar por el carril derecho a un vehículo que circula más lento por el carril izquierdo?
-No, salvo que la circulación esté saturada. (media)
Como consecuencia de una avería, estamos obligados a dejar inmovilizado en una pendiente ascendiente sensible, a un camión de 5.500kg de MMA, ¿Cómo calzáremos si no tenemos calzos y existe un bordillo?
-Apoyando la rueda directriz en el bordillo e inclinándola hacia el centro de la calzada. (media)
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